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21 de agosto de 2015

El Mundo no Puede Esperar moviliza a las personas que viven en Estados Unidos a repudiar y parar la guerra contra el mundo y también la represión y la tortura llevadas a cabo por el gobierno estadounidense. Actuamos, sin importar el partido político que esté en el poder, para denunciar los crímenes de nuestro gobierno, sean los crímenes de guerra o la sistemática encarcelación en masas, y para anteponer la humanidad y el planeta.



Del directora nacional de El Mundo No Puede Esperar

Debra Sweet


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Revolución #174, 30 de agosto de 2009

287(g): Extendiendo el alcance a la policía de inmigración

Juana Villegas tenía 9 meses de embarazo el 3 de julio del 2008 cuando la paró un oficial de la policía de Nashville sobre una infracción menor. Sus tres hijos estaban en el carro con ella. No tenía una licencia de conducir. Esto es una falta menor en Tennessee y la policía normalmente expide una citación. Pero Villegas era una inmigrante y estaba en Nashville donde el programa 287(g) está en vigor. El policía dijo a los tres hijos de ella (nacidos en Estados Unidos) que tenían que despedirse de ella y la arrestó.

Villegas fue llevada a la prisión del condado de Davidson donde un agente de ICE (Servicio de Inmigración y Control de Aduanas) le hizo un chequeo de sus antecedentes. Ella no tenía antecedentes criminales pero había sido deportada una vez antes, así que fue detenida en prisión como si fuera delincuente.

Dos noches después de su arresto y todavía presa, Villegas empezó con los dolores del parto. Fue llevada esposada al Hospital General de Nashville. Un guardia vigiló la puerta del cuarto del hospital, y durante su labor de parto ella estuvo la mayor parte del tiempo encadenada de un pie a la cama. No se le permitió hablar con su esposo cuando vino a recuperar al recién nacido. De vuelta en la celda no se le permitió tomar un mamador que le ofreció una enfermera. Los pechos de Villegas se infectaron y el bebe contrajo ictericia. Su caso se hizo público solamente después de que el Southern Poverty Law Center entabló una demanda a favor de ella.

Villegas fue detenida bajo la sección 287(g) de la Ley de Inmigración Ilegal y Responsabilidad del Inmigrante de 1996. Esta ley da a los patrones de un estado o gobierno local la autoridad para actuar como agentes de inmigración después de que las entidades del gobierno firmaron un Memorando de Acuerdo (MOA) escrito con ICE y sus empleados reciben capacitación para ejecutar las leyes de inmigración. Una vez en su desempeño, esos empleados pueden arrestar o detener a alguien que sea un inmigrante indocumentado y llevarlo a ICE por detención o deportación.

Bajo George W. Bush, el programa 287(g) creció de un acuerdo en 2002 a acuerdos con 63 organismos del orden público en 2008. En 20 estados 840 oficiales desempeñaron y fueron responsables de 70.000 arrestos. Las erogaciones del congreso para la 287(g) aumentaron en casi el 1.200% entre 2008 y 2009. Este año los programas de la 287(g) recibirán más del 50% de todos los fondos de ICE para los organismos del orden público locales y estatales.

Hoy ICE tiene cerca de 20.000 agentes que manejan asuntos de inmigración. Aunque ICE se ha expandido rápidamente en los últimos años, las autoridades creen que muchos más policías de inmigración son necesarios. A esto es donde llega la 287(g). Al asignar esos agentes del orden público locales, el programa tiene el poder de extender el alcance de la migra a los cuatro puntos cardinales de Estados Unidos, desde las calles y los barrios de las ciudades más grandes hasta las más pequeñas comunidades rurales y las reservas de tribus amerindias. Escuchen a Janet Napolitano, la jefa del Departamento de Seguridad Interna de Obama en un reciente discurso: “Usted tiene a 780.000 agentes del orden público en 18.000 organismos locales, estatales y tribales. Déjenme repetirles de nuevo esas cifras: 780.000 en 18.000 organismos”.

Enormes poderes nuevos para la policía y los sherifatos

Operar bajo la ley civil de inmigración les da a la policía, los sherifatos y otros agentes del orden público enormes poderes nuevos para arrestar y detener a individuos en detención indefinida sin límites impuestos por las leyes penales. James Pendergraph, el director ejecutivo de la Oficina de Coordinación Local y Estatal de ICE, dejó atónito al público en la conferencia de Fundaciones Policiales del 2008 cuando resumió los poderes de ICE con la declaración: “Nosotros podemos hacer desaparecer a una persona”.

Bajo el código penal se supone que la policía tenga causa probable antes de arrestar a alguien. Si no hay causa probable el arresto no podría ser fundamentado ante la corte. Bajo la ley civil de inmigración, sin embargo, alguien puede ser civilmente arrestado y detenido por algo tan simple como sobrepasarse una visa. Ahora una persona puede ser levantada y detenida indefinidamente, pero no por cometer un crimen, no por ser una amenaza para la sociedad, sino por algo tan mundano como dejar pasar la fecha de vencimiento de un trámite con migración.

El propósito expuesto de la 287(g) es para señalar a inmigrantes en deportación arrestados por delitos graves o por otros actos criminales graves. Pero en casi todas partes en donde la 287 ha sido implementada, la policía la ha usado como una forma de arrestar al azar a inmigrantes ilegales y legales y usa ese poder civil para detener a cualquiera que no tiene papeles. Algunas veces la policía sale con un crimen para culpar a una persona después de arrestarla, por ejemplo, conducir con las luces descompuestas o pescar sin licencia. Otras veces los policías ni siquiera se molestan, simplemente inscriben la razón para el arresto como la “287(g)”. Ha habido denuncias generalizadas de perfil racial, y han entablado demandas legales personas detenidas equivocadamente.

La expansión de la 287(g) por Obama

Dada esta historia muchos de los grupos defensores de los derechos de los inmigrantes y libertades civiles esperaban y creían que la administración de Obama desmantelara este programa. Pero para su asombro y coraje, Napolitano anunció el mes pasado que la 287(g) sería expandida a 11 jurisdicciones más.

De frente a la critica, Napolitano alegó que esas revisiones fueron hechas para los MOA de la 287(g) (los contratos con los organismos del orden público locales) que indican más claramente que los organismos señalen a extranjeros delicuentes. Es verdad que los nuevos memorandos MOA dicen que los organismos de la 287(g) deberían dar prioridad para señalar a personas que han cometido delitos graves y crímenes violentos pero los acuerdos no proveen mecanismos de ejecución, ni éstos requieren que un organismo fundamente que los arrestos bajo la 287(g) concuerden con las prioridades de ICE. Lo que las llamadas “reformas” hacen en los hechos es incrementar la probabilidad de mayores abusos en el futuro.

Los nuevos MOA dan a los organismos la autoridad para emitir sus propias órdenes de allanamiento y arresto; en el pasado solamente ICE podía expedir esas órdenes. Los viejos acuerdos dicen los organismos solamente podían considerar la deportación de personas después de que han sido condenadas por un delito grave. Si bien pocos organismos o ninguno observan esa restricción, los nuevos acuerdos permiten explícitamente que los organismos procesen a cualquiera que simplemente es arrestado por una ofensa, sea un delito grave o menor o incluso una infracción menor del código civil de un municipio.

Además, los MOA reducen los registros que los organismos locales del orden deben mantener sobre el número de personas arrestadas y las circunstancias e impiden que los organismos divulguen cualquier información sin tener previa aprobación de ICE. En resumen, los acuerdos fingen reformas, pero en los hechos expanden la autoridad de los policías locales y reducen las posibilidades de encontrar el alcance del programa y su uso y abuso.


 

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