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El Mundo no Puede Esperar organiza a las personas que viven en Estados Unidos para repudiar y parar el rumbo fascista iniciado durante el régimen de Bush y evidenciado en las ocupaciones asesinas, injustas e ilegítimas de Irak y Afganistán; la “guerra de terror” global de tortura, rendición extraordinaria y espionaje; y la cultura de discriminación, intolerancia y avaricia. A ese rumbo no le darán marcha atrás los líderes que nos instan a buscar puntos en común con fascistas, fanáticos religiosos e imperio. Solo es posible si la población forja una comunidad de resistencia –un movimiento independiente de grandes cantidades de personas—que, actuando en pro de los intereses de la humanidad, pone fin a dichos crímenes y demanda que se procese a los responsables por ellos.



Del directora nacional de El Mundo No Puede Esperar

Debra Sweet


Invitación a traducir al español
(Nuevo)
03-15-11

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Suprema Corte da más poder a policías

Dictamina que es posible el allanamiento sin aviso; organizaciones critican el fallo

16 de junio de 2006

WASHINGTON, D.C. (EFE).— La Suprema Corte de EU dictaminó ayer que la policía puede presentar en un juicio pruebas que haya obtenido en un registro con orden judicial aunque los agentes no hubieran avisado de su presencia, como se estipula.

Samuel Alito, el juez más nuevo del tribunal, rompió el empate a cuatro votos de los jueces y dio la razón a la Policía de Detroit, Michigan, frente a las preocupaciones de defensores de los derechos civiles.

El caso comenzó en 1998 cuando varios agentes policiales irrumpieron en la casa de Booker Hudson sin avisarle.

En el juicio posterior, Hudson fue condenado por la posesión de una pequeña cantidad de cocaína y cumplió una sentencia de 18 meses de libertad vigilada.

Los abogados de Hudson cuestionaron el fallo y llevaron el caso hasta la Suprema Corte de Justicia de Michigan, con el argumento de que la acción policial violó las protecciones de la Cuarta Enmienda de la Constitución de EU.

Esta enmienda estipula con claridad que "no se violará el derecho de los ciudadanos a la seguridad de sus personas, hogares, documentos y efectos, contra las pesquisas y confiscaciones que no sean razonables".

En 1995, en una opinión de la Suprema Corte de Justicia de EU, el magistrado Clarence Thomas argumentó que el requisito de que la policía, en cumplimiento de una orden judicial de allanamiento, primero llame a la puerta y anuncie su presencia tiene el propósito de proteger la dignidad de las personas.

Este requisito, argumentó Thomas, da a las personas que estén en una casa el tiempo para vestirse y estar presentables ante los agentes de la policía que los esté requiriendo.

Pero ayer el magistrado Antonin Scalia, quien escribió la opinión de la mayoría, sostuvo que la rapidez en la actuación policial puede evitar la destrucción de pruebas por parte de sospechosos, al margen de errores en el procedimiento de los agentes.

El juez Stephen Breyer, quien escribió la opinión disidente, señaló que la validación de las pruebas obtenidas aunque la policía no haya cumplido con todos los requisitos en un allanamiento "debilita y quizá destruye buena parte del valor de la protección que la Constitución da en forma de una llamada y aviso antes de que la policía entre".

De hecho, añadió Breyer, la policía ahora se sentirá en libertad de irrumpir a las casas sin llamar a la puerta y esperar unos minutos porque sabe que no habrá castigo por ello.


 

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